Empleo expedienta a Coca-Cola por vulnerar el derecho a huelga
Leemos en clase el texto de caso práctico sobre la actuación de Coca-Cola durante una huelga en Fuenlabrada y, por grupos base, respondemos a las siguientes cuestiones:
a) ¿Qué hizo Coca-Cola para que la Inspección de Trabajo considerase que se vulneró el derecho de huelga? ¿Qué sanción le impuso? ¿Qué piensa hacer la empresa respecto a la sanción y qué argumentos ofrece?
- Distribuyó productos elaborados en otras plantas para compensar la bajada de producción de la fábrica de Fuenlabrada, a razón de la huelga de los trabajadores. En el artículo denominan esta práctica "esquirolaje externo".
- Se les impone una multa, cuya cuantía no ha sido fijada.
- Coca-Cola alegará la sanción, argumentando que ejercían su derecho a mover productos libremente en el mercado, según su disponibilidad.
b) Explica tu opinión sobre si se está vulnerando el derecho de huelga en el caso de Coca-Cola.
Por un lado, al desviar la producción a otras fábricas, tratan de saltarse la prohibición de sancionar a los trabajadores o de contratar a trabajadores externos (esquirolaje) trasladando productos de una fábrica a otra, según plantea la empresa. Sin embargo, a las compañeras no les queda claro si se trata de un traslado de existencias o de una desviación de la producción. Tras una lectura más profunda, según la siguiente frase utilizó las plantas de otros puntos de España par abastecer la zona de las protestas, consideramos que, aunque no hayan contratado explícitamente a trabajadores externos para sustituir a quienes hicieron huelga, los trabajadores de dichas plantas tuvieron que hacerse cargo de la producción que le correspondía a la fábrica de Fuenlabrada. Por tanto, no respeta el derecho a huelga.

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